Pide Inai al Infonavit explicar negativa de venta de viviendas adquiridas a crédito

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Redacción

Ciudad de México.- El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) debe publicar información sobre las normas, lineamientos internos o criterios que impiden la venta de una casa usada antes de que transcurra un año desde que fue adquirida mediante un crédito que ellos otorgaron a un particular, determinó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

La postura del organismo se dio luego que una persona solicitó esa información al Infonavit y también pidió saber el plazo mínimo de propiedad que debe cumplirse para comercializar el inmueble si fue adquirido mediante un crédito otorgado por el Infonavit. 

En su respuesta, la instancia gubernamental sólo le indicó que para tramitar un nuevo crédito hipotecario deben haber transcurrido 12 meses después de liquidado un préstamo anterior, con fundamento en un instrumento denominado Políticas de Operación Mediante las Alternativas de Financiamiento.

No obstante, el ciudadano inconforme presentó un recurso de revisión ante el Inai, por lo que el caso fue turnado a la ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, quien validó que el Infonavit dio una contestación incompleta, dado que omitió responder sobre las excepciones relacionadas con la venta de una propiedad antes de que se cumpla un año de haberla adquirido a crédito.

NO A LA VIOLENCIA PATRIMONIAL

“Este tema adquiere relevancia en el marco del Día Internacional de la Mujer, pues deben adoptarse medidas para evitar que las mujeres sean víctimas de violencia patrimonial o institucional. Y precisamente la orientada a la adquisición de vivienda es una donde debe prestarse especial atención”, sostuvo Ibarra Cadena al presentar el caso.

Además, el pleno del Inai por unanimidad modificó la sentencia del Infonavit para que realice una nueva búsqueda exhaustiva de la información y la entregue a la persona solicitante, así como el documento cuya facilitación omitió en la respuesta inicial. 

IMCM

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