ISSSTE revisará que pensiones no rebasen monto máximo
Redacción
Ciudad de México. - El director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Martí Batres Guadarrama publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo que establece un procedimiento para revisar y ajustar las pensiones que superen el monto máximo permitido por la ley.
“El objetivo es continuar corrigiendo excesos e injusticias”, expresó Batres en un mensaje en redes sociales.
El acuerdo, que entrará en vigor a partir del sábado 9 de noviembre, define el procedimiento que implementará el ISSSTE para verificar y, en su caso, ajustar o revocar las pensiones que excedan el límite estipulado en el artículo 17 de la Ley del ISSSTE. Este artículo establece que el monto máximo de las pensiones es equivalente a diez veces el salario mínimo del Distrito Federal, lo cual se traduce en aproximadamente 74 mil pesos mensuales.
Hoy se publica en el @DOF_SEGOB un aviso para dar a conocer el acuerdo que como Director General del @ISSSTE_mx emití para la revisión de las pensiones que rebasen el monto superior establecido por la ley. El objetivo es continuar corrigiendo excesos e injusticias.…
— Martí Batres (@martibatres) November 8, 2024
Procedimiento de revisión de pensiones
La Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales identificará las pensiones a cargo del instituto que rebasen el monto máximo permitido. Posteriormente, revisará elementos como los años de servicio cotizados, la dependencia donde trabajó la persona, el sueldo percibido, los factores que determinaron la pensión inicial, los incrementos anuales y el factor de actualización.
Las personas cuyos montos de pensión estén bajo revisión serán notificadas y contarán con un plazo de 15 días hábiles para presentar la documentación que acredite el monto recibido y exponer sus alegatos.
Una vez recibidos y evaluados los elementos, la Dirección de Prestaciones tendrá un plazo máximo de tres meses para emitir una resolución. Dependiendo de los resultados, el instituto podrá reducir la pensión al límite permitido o revocarla si no se justifica el monto recibido.
Las resoluciones podrán ser impugnadas en un plazo de 15 días a partir de la notificación. En caso de detectarse documentos falsos, el ISSSTE procederá con la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público. Asimismo, cualquier irregularidad identificada en el expediente será investigada por el Órgano Interno de Control, que aplicará las sanciones estipuladas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
PGC