Modifica Sedeco trámites para locatarios de mercados públicos
Redacción
Ciudad de México.- Para ahorrarles tiempos y costos administrativos, la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México (Sedeco) publicó un acuerdo por el que se modifican diversas disposiciones de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos, en materia de simplificación y digitalización de trámites, con lo cual busca beneficiar a 75 mil vendedores.
“Menores requisitos para acceder a los procedimientos, menores riesgos de que existan actos de corrupción”, enfatizó la dependencia en el acuerdo publicado este jueves en la Gaceta Oficial de la capital del país y el cual entra en vigor este mismo día.
Con base en la Sedesco, que está a cargo de Manola Zavalza Aldama, se establece que para la realización movimientos, el Sistema de Trámites de Mercados Públicos (Sitramerp) generará una plataforma digital en la que las personas podrán acceder mediante su inicio de sesión único, el cual contará con la autenticación digital, para realizar movimientos y servicios, como cambio de nombre de beneficiario, emisión de cédula nueva, remodelación de locales, empadronamiento, refrendo, entre otros.
También se indica que serán las alcaldías las que deberán entregar una respuesta en los siguientes 15 días hábiles, a la solicitud de trámites realizados por los locatarios. Aunque si no hay contestación en este periodo, se configurará la afirmativa ficta; con excepción del trámite de autorización de remodelación local, en el cual procede la negativa ficta, aclaró la Sedeco.
TRASPASO DE DERECHOS
Concerniente a los movimientos para el traspaso de derechos, cambio de nombre por fallecimiento de la persona titular, reexpedición de cédula de empadronamiento y modificación de giro, se emitirá una nueva cédula de empadronamiento, agregó la dependencia citadina.
Indicó que este documento tiene que estar forzosamente firmado por la persona encargada de la Dirección General Jurídica y de Gobierno de cada demarcación de la capital del país, o en su defecto, de su homóloga correspondiente a través de la Firma Electrónica regulada en la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México.
Mencionó que en aquellos casos en que se dé la expedición o reexpedición de la Cédula de Empadronamiento, la persona titular de la Dirección General Jurídica y de Gobierno o su homóloga correspondiente debe llevarla a cabo en el formato homologado para los Órganos Político-Administrativos aprobado por la Sedeco.
Según el acuerdo, se modifica la Sección II del Refrendo de Empadronamiento, por el que se establece que la cédula de registro de las personas locatarias o comerciantes debe ser refrendado gratuitamente durante enero de cada año, siempre y cuando subsistan las circunstancias que fundaron el empadronamiento.
IMCM