Cadena perpetua es inconstitucional, determina la SCJN
Redacción
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad que la cadena perpetua, acción conocida también como “prisión perpetua” o “prisión vitalicia”, prevista en el artículo 127, segundo párrafo, del Código Penal de Chihuahua, es inconstitucional.
De esta forma, los togados se pronunciaron acerca de esta pena contemplada en dicha entidad, aplicable al delito de homicidio doloso contra tres o más personas, por lo que manifestaron que la medida vulnera el derecho a la reinserción social de los sentenciados, ello bajo un principio garantizado por el artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Su postura se dio al concluir un amparo promovido por un quejoso cuyo proceso penal culminó con la sentencia definitiva reclamada, puesto que fue hallado responsable del delito de homicidio calificado, cometido en agravio de cuatro gentes.
Fue Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ministro que elaboró el proyecto en relación con un amparo interpuesto por Juan Carlos Gámez Bernal, quien impugnaba la sentencia dictada en su contra el 19 de agosto de este año.
Pese a este fallo, la SCJN enfatizó la declaración de inconstitucionalidad de la cadena perpetua no implica conceder un amparo que deje impune el delito por el cual el quejoso fue procesado.
Asimismo, el Alto Tribunal del país devolvió el reclamo de Gómez Bernal al Tribunal Colegiado que, previamente, conoció del asunto, para que continúe con el análisis y resolución de las cuestiones de legalidad planteadas en la demanda de amparo.
IMCM