Aprueban diputados reforma para regular trabajo en plataformas digitales
Redacción
Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reconoce en la Ley Federal del Trabajo los derechos laborales y de seguridad social, de las y los trabajadores de plataformas digitales. Además, el texto establece las condiciones necesarias para formalizar la relación laboral con las empresas.
El documento, que adiciona los artículos 49, 50, 127, un Capítulo IX Bis y un artículo 997-B a la Ley Federal del Trabajo, fue avalado en lo general con 462 votos a favor, y en lo particular y en términos del dictamen, con 389 votos en pro y 65 en contra.
Tras la luz verde, se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Del mismo modo indica que las plataformas digitales serán el conjunto de mecanismos, aplicaciones informáticas, sistemas y dispositivos que asignen tareas, obras, servicios y trabajos a personas trabajadoras en favor de terceros, y define a las personas de esta modalidad como aquellas que presten servicios personales, remunerados y subordinados, bajo el mando y supervisión de la plataforma digital de una persona física o moral.
Incluso, lo aprobado reconoce legalmente el trabajo en plataformas que llevan a cabo repartidores de bienes, alimentos y otros productos, así como choferes de autos de alquiler.
Si la Cámara Alta ratifica este dictamen, también se les dará acceso a un contrato colectivo, reparto de utilidades, mantener la flexibilidad del trabajo, seguridad social, seguro de accidentes y hasta crédito para vivienda.
OTROS ALCANCES
“No se considerará como empleadores de las personas en plataformas digitales a los usuarios, consumidores o beneficiarios de tareas, servicios y trabajos; el tiempo destinado para la plataforma será definido por la persona trabajadora, mientras que el salario se fijará por tarea, servicio, obra o trabajo realizado contemplando el proporcional del día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo”, se lee en un comunicado de los diputados.
Respecto a los contratos, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral autorizará y registrará estos, al tiempo que establecerá las sanciones a los empleadores de este tipo de trabajo especial que incumplan las obligaciones establecidas en la Ley Federal del Trabajo.
“Además, establece que la persona empleadora quedará eximida de la obligación de reinstalar a la persona trabajadora, mediante el pago de las indemnizaciones que se determinan en el artículo 50, cuando se trate de personas trabajadoras en plataformas digitales. Únicamente procederá la reinstalación obligatoria en caso de violación a derechos colectivos, tales como la libertad de asociación, autonomía sindical, el derecho de huelga y de contratación colectiva”, anotó en su escrito la Cámara de Diputados.
Por último, las bancadas de oposición votaron a favor y advirtieron que la reforma tiene una trampa, puesto que entre sus objetivos reales está capturar impuestos.
IMCM